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Diecisiete son los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 sus metas, refrendados por 193 países en septiembre de 2015. Son la nueva hoja de ruta de y hacia la sostenibilidad marcada por Naciones Unidas. 17 objetivos y un único fin: la sostenibilidad. Pero… ¿por qué hablamos de sostenibilidad en pleno siglo XXI? ¿Por qué 17 objetivos que proponen un mundo sin pobreza, sin hambre… un mundo que vele para por la sostenibilidad planetaria, la salud y el bienestar, la educación de calidad, de igualdad de género, de agua para el desarrollo sostenible, de diversidad en los ecosistemas, de trabajo decente, ciudades sostenibles y resilientes? ¿Por qué este llamamiento a que los agentes sociales –públicos, privados y sin ánimo de lucro- entren en acción? ¿Por qué hay que dejar atrás las meras declaraciones de intenciones? ¿Por qué en un marco de alianzas? ¿Por qué la necesidad de implementar estrategias de Responsabilidad Social (RSC) como herramientas para la consecución de los ODS?

La respuesta está meridianamente clara. Ninguna empresa ni organización, tal y como adelantamos en el post “Objetivos de Desarrollo Sostenible: ODS, el único futuro posible”, puede prosperar a menos que las personas y el planeta prosperen. Y este punto de partida incluye asegurar que el mundo está dispuesto a aceptar que el modelo productivo anterior ha resultado, a todas luces, injusto, ineficaz e ineficiente. Si algo nos queda de la crisis son las lecciones aprendidas. Y esto requiere asegurar, como leemos en la “Guía para el liderazgo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Un enfoque basado en principios”, que el mundo esté en camino de poder cumplir con los 17 ODS. “La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es un plan de acción para las personas, el planeta y la prosperidad”. Garantizar el cumplimiento de los ODS es crucial para que en un futuro no tan lejano, que hemos de empezar a escribir hoy, hablemos en términos de sostenibilidad, gobernanza, justicia, transparencia y ética.

 ODS, medición y comunicación

“Sin embargo –tal y como se afirma en el monográfico de la Red Española de Pacto Mundial, “ODS, Año 3. Una alianza global para la Agenda 2030”- tres años después de que los 193 miembros de Naciones Unidas aprobaran la Agenda 2030 entre numerosos aplausos, debemos mostrar acción e impacto a mayor escala. Para lograr el impulso necesario y el cambio exponencial requerido para la consecución de los ODS, es evidente que necesitaremos encontrar formas más eficientes de medir y gestionar el progreso en cada una de las metas a fin de garantizar que nuestra ambición común se corresponde con el impacto requerido. Serán necesarias también mejores fórmulas de comunicación por parte de las empresas, especialmente en relación a los impactos sociales y a las actividades en la cadena de suministro. Son enormes desafíos, pero, por primera vez, tenemos un marco que nos permite unirnos en acciones conjuntas para lograr el mundo que todos queremos. Si trabajamos juntos, en alianza, podremos lograrlo…” (Pacto Mundial, 2018)

Es evidente, pues, que todos, en un maridaje perfecto -gobierno-ciudadanía-empresa-tercer sector- estamos llamados por igual a desarrollar un papel significativo de cara a la consecución de estas aspiraciones que, ahora sí, nos permitirán hablar de un mundo global y globalizado, con toda la grandeza de la expresión, y todas sus consecuencias.

En Dividendo Social, lo tenemos claro. Apenas tres años después de la histórica aprobación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, creemos poder afirmar que estamos ante uno de los retos más necesarios para la sociedad del siglo XXI, y, contradictoriamente, ante los grandes desconocidos por la ciudadanía, por la empresa y por las organizaciones del tercer sector, sin las que es imposible avanzar hacia un mundo más justo, solidario y equitativo.

Naciones Unidas alienta un marco de alianzas entre los agentes sociales, y apremia ahora que el sector empresarial y privado entienda también su papel y la necesidad de ponerse en acción e implicarse con unos objetivos y unas metas que son de todos. Y que su papel, como agente del cambio, como motor de la economía e innovación, requiere soluciones e implicaciones creativas para promover las semillas de un nuevo modelo productivo, en el que “no todo vale”.

Agenda 2030, oportunidad de negocio

Pero hablar en términos de ODS y RSC es hablar también de nuevas oportunidades de negocio y de mercado para las empresas y organizaciones que hacen de la gestión de la responsabilidad social corporativa, responsabilidad social competitiva.

¿Cómo implicar al sector privado en la consecución de los ODS? Urge, entre otros:

  • Integración y gestión de principios de RSC
  • Estrategias de comunicación para poner en valor el camino emprendido hacia la sostenibilidad
  • Información a los grupos de interés (stakeholders) externos e internos sobre el alcance de las medidas y las decisiones
  • Involucrar a toda la cadena de valor y de aprovisionamiento
  • Planes de incentivación, concienciación, y sensibilización por parte de las Administraciones centrales y locales

 

Y, sobre todo, hace falta Valor con Valores, para dar el salto definitivo hacia la sostenibilidad.

Dividendo Social te ayuda a asentar las bases para una estrategia de gestión de RSC en la senda de la sostenibilidad y la Agenda 2030 (ODS) y a poner en valor con estrategias de comunicación, el valor de tus acciones.

 

Si tu empresa u organización, con independencia de su tamaño, licita en procesos de contratación de la Administración Pública, te interesará seguir leyendo este post. Y es que, desde el pasado mes de marzo, la gestión social y medioambientalmente responsable (RSC) puntúa en los procesos de licitación de la Administración Pública. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, otorga un peso específico a la RSC, y la gestión de aspectos sociales y medioambientales, en la cadena de valor y de aprovisionamiento.

En nuestro post anterior, avanzamos algunas de las razones por la que tu organización debe integrar la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) como valor estratégico de competitividad y diferenciación. Por su incidencia, no solo en la sociedad y en el medioambiente sino por su vinculación directa con la cuenta de resultados. Hablamos también de un aspecto de voluntariedad, que viene cediendo terreno a la obligatoriedad. Ahora, de manos de las entidades públicas que, mediante la nueva ley de contratación pública, incluyen en los pliegos de contratación, el que podríamos denominar “clausulado social” y “clausulado medioambiental”, directamente relacionado con la gestión de la RSE.

RSC, clave en la puntuación

Además de los criterios calidad-precio y coste-eficacia, con la nueva la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, las administraciones públicas valorarán positivamente aspectos cualitativos, y tomarán en cuenta la gestión de aspectos sociales, medioambientales y de innovación.

Relacionados con el medioambiente:

  • Reducción del nivel de emisión de gases de efecto invernadero.
  • Empleo de medidas de ahorro y eficiencia energética.
  • Utilización de energía procedente de fuentes renovables durante la ejecución del contrato.
  • Mantenimiento o mejora de los recursos naturales.

Relacionados con la sociedad, la diversidad y el género:

  • Impulso a la integración social e inserción socio-laboral de personas con discapacidad, personas desfavorecidas o miembros de grupos vulnerables entre las personas asignadas a la ejecución del contrato.
  • Planes de igualdad de género.
  • Fomento de la contratación femenina.
  • Conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
  • Mejora de las condiciones laborales y salariales.
  • Estabilidad y seguridad en el empleo.
  • Formación y protección de la salud y la seguridad en el trabajo.

Razones excluyentes y de obligado cumplimiento

Y atención, porque además de las consideraciones positivas que puntúan o desempatan en procesos de licitación, la ley incluye las denominadas condiciones especiales de ejecución de contrato que pueden ser de carácter económico, de innovación, social, ético o medioambiental. Se trata de cláusulas de obligado cumplimiento de la que cada administración incorporará al menos una de todas ellas en cada pliego. Y que son de obligado cumplimiento no solo para la empresa adjudicataria, sino para todos los subcontratistas implicados en el proceso de ejecución.

La norma incluye también criterios excluyentes relacionados con:

  • Ofertas con precios que no cubran los costes salariales establecidos en los convenios colectivos sectoriales; o el incumplimiento o retraso reiterado de pagos de salarios.
  • Las que sean tan anormalmente bajas que se presuman inviables.
  • Vulneración de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y que obliga a que, al menos el 2% de los empleados de las empresas de 50 o más trabajadores tenga reconocida una discapacidad.

En conclusión…

En definitiva, la gestión de la RSC ha dejado de ser opcional para empresas y organizaciones que contratan con la administración pública. En los procesos de licitación, se ha convertido en una obligación integrar políticas de RSC, a fin de no disminuir el nivel de competitividad en los baremos de puntuación frente a otros licitantes y aumentar las garantías de éxito en la obtención de los proyectos y contratos por parte del licitador, incluso para el caso de contratos menores.

Desde Dividendo Social, ayudamos a las organizaciones y empresas en la integración gradual, la consolidación, la comunicación, el reporte ante organismos o las certificaciones en materia de responsabilidad social corporativa con el objetivo de mejorar su competitividad y el impacto en la sociedad, haciendo crecer su valor con valores. ¿Hablamos?